Seguro que "Quién vosotros sabéis" está detrás de esto.
No me extrañaría nada, teniendo en cuenta la cantidad de mentiras que se cuentan en ese planfeto.
¿Y cuáles son esas mentiras?
Ilústranos, por favor, porque por lo que he visto, casi todo (a falta de comprobar un par de cosas) es rigurosamente correcto. Pero vamos, estoy abierto a que alguien me saque de mi error, si es que estoy en uno. _________________ Os invito a pasar por mi blog: http://elblogdeprime.hazblog.com/index.htm
Verdadero o Falso Nueve días de baja pueden llevarte al paro
Verdadero, aunque estén justificadas[...] Un esguince grave o un par de gripes suman fácilmente esos 9 días
Cita:
«d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que
alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en
cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior,
las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el
ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de
trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades
causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones,
enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los
servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días
consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de
violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de
Salud, según proceda.
Así que un esguince grave no cuenta y por otro lado es una medida razonable para evitar arruinar a las empresas, que tienen que pagar los tres primeros días de cada baja. _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
Registrado: Feb 13, 2008 Mensajes: 3011 Ubicación: Haciendo salto base desde el Muro de Hielo
Publicado: Jue Mar 08, 2012 9:20 pmAsunto:
kenhir escribió:
Por ejemplo la primera pregunta
Cita:
Verdadero o Falso Nueve días de baja pueden llevarte al paro
Verdadero, aunque estén justificadas[...] Un esguince grave o un par de gripes suman fácilmente esos 9 días
Cita:
«d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que
alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en
cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior,
las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el
ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de
trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades
causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones,
enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los
servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días
consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de
violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de
Salud, según proceda.
Así que un esguince grave no cuenta y por otro lado es una medida razonable para evitar arruinar a las empresas, que tienen que pagar los tres primeros días de cada baja.
Siempre y cuando el accidente haya sido fuera del horario laboral, claro: si el esguince se lo hace durante la jornada de trabajo está jodido y muy jodido, porque sí le computa para un posible despido.
No obstante, la madre del cordero creo que está en está frase:
"enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los
servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días
consecutivos"
A ver si lo entiendo: si la enfermedad o accidente no laboral ha sido certificada por los servicios sanitarios oficiales pero su duración es menor a 20 días consecutivos SÍ computa para el 20% ó el 25% mencionado en el texto de la ley para justificar el despido. Es decir, que dos gripes en las que estés 5 y 5 días de baja son motivo suficiente para el despido, con lo que tu tesis, kenhir, quedaría sin validez.
No, claro, si tienes gripe 5 días (de los cuales 3 paga la empresa y 2 la ss) te pones bueno de pronto y a la semana siguiente te vuelves a poner malo 5 días (y la empresa vuelve a tener que pagar 3 días y la ss 2) te pueden despedir procedentemente. _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
Registrado: Feb 13, 2008 Mensajes: 3011 Ubicación: Haciendo salto base desde el Muro de Hielo
Publicado: Jue Mar 08, 2012 10:17 pmAsunto:
kenhir escribió:
No, claro, si tienes gripe 5 días (de los cuales 3 paga la empresa y 2 la ss) te pones bueno de pronto y a la semana siguiente te vuelves a poner malo 5 días (y la empresa vuelve a tener que pagar 3 días y la ss 2) te pueden despedir procedentemente.
No te pones bueno de pronto, chato, te reincorporas cuando estás en condiciones.
Ni enfermos nos van a dejar ponernos ya...
Por cierto, no sé si te habrás dado cuenta que para estar de baja más de veinte días consecutivos es por algo realmente jodido. _________________ Os invito a pasar por mi blog: http://elblogdeprime.hazblog.com/index.htm
No me extrañaría nada, teniendo en cuenta la cantidad de mentiras que se cuentan en ese planfeto.
Pues si ese te ha parecido un panfleto no veas este. También habla de lo mismo pero contiene muuuchas más mentiras. Y en este caso si que se pueden demostrar.
kenhir escribió:
No, claro, si tienes gripe 5 días (de los cuales 3 paga la empresa y 2 la ss) te pones bueno de pronto y a la semana siguiente te vuelves a poner malo 5 días (y la empresa vuelve a tener que pagar 3 días y la ss 2) te pueden despedir procedentemente.
Como decía un servidor allá por la página 1 del hilo:
Jons escribió:
Te falta el punto más simpático Verence. Aquel que habla de que un 20% de días hábiles de baja en dos meses o un 25% en 4 meses son motivo de despido procedente incluso con baja médica si son bajas cortas.
Por poner un ejemplo: si Cenutrio Pérez pilla una gripe neumónica mientras reparte propaganda para Trápalas S.A. y se pasa la primera semana de febrero en la cama y a mediados de marzo se esguinza el tobillo persiguiendo al carterista rumano que le acaba de levantar la cartera de forma que requiere descanso de 4 o 5 días, pues Don Borja Trápala puede echarlo a la calle por las buenas aduciendo simplemente que Cenutrio Pérez es gilipollas.
_________________ ¿por qué renuncias, BataLuba, a escribir en correcto castellano?
Registrado: Dec 10, 2005 Mensajes: 3331 Ubicación: En los bajos de Argüelles.
Publicado: Jue Mar 08, 2012 11:02 pmAsunto:
kenhir escribió:
No, claro, si tienes gripe 5 días (de los cuales 3 paga la empresa y 2 la ss) te pones bueno de pronto y a la semana siguiente te vuelves a poner malo 5 días (y la empresa vuelve a tener que pagar 3 días y la ss 2) te pueden despedir procedentemente.
La cláusula estipula que deben ser un "20% en un periodo de dos meses consecutivos o un 25% en un periodo de 4 meses no consecutivos en menos de un año". Es decir, que no te tienes que poner malo dos semanas seguidas, te puedes poner malo en enero, marzo, agosto y noviembre y ale, a la puta calle. Así que nada, más te vale que no tengas mala suerte un año... Está claro que os mola vivir al límite. _________________ The sounds of History
No, claro, si tienes gripe 5 días (de los cuales 3 paga la empresa y 2 la ss) te pones bueno de pronto y a la semana siguiente te vuelves a poner malo 5 días (y la empresa vuelve a tener que pagar 3 días y la ss 2) te pueden despedir procedentemente.
La cláusula estipula que deben ser un "20% en un periodo de dos meses consecutivos o un 25% en un periodo de 4 meses no consecutivos en menos de un año". Es decir, que no te tienes que poner malo dos semanas seguidas, te puedes poner malo en enero, marzo, agosto y noviembre y ale, a la puta calle. Así que nada, más te vale que no tengas mala suerte un año... Está claro que os mola vivir al límite.
Tampoco es así, no hay que ser tan demagógico, si te pones malo una semana en enero, otra en marzo, otra en agosto y otra en noviembre quizá te pueden despedir (típicamente te despedirán si el gasto que generas es mayor a los ingresos)
(además, no conozco a nadie que , por ejemplo en 2011, tuviera tan mala suerte) _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
Registrado: Jun 28, 2006 Mensajes: 15413 Ubicación: En lo alto de la parra
Publicado: Vie Mar 09, 2012 8:33 amAsunto:
kenhir escribió:
(además, no conozco a nadie que , por ejemplo en 2011, tuviera tan mala suerte)
kenhir me preocupas. Creo que deberías salir un poco a la calle y relacionarte con más gente. Anda que ya casi es primavera y está todo lleno de mamás funcionarias y de matrimonio desdichado que seguro que harían buen uso de ti _________________ _______
kenhir me preocupas. Creo que deberías salir un poco a la calle y relacionarte con más gente. Anda que ya casi es primavera y está todo lleno de mamás funcionarias y de matrimonio desdichado que seguro que harían buen uso de ti
Registrado: Jun 28, 2006 Mensajes: 15413 Ubicación: En lo alto de la parra
Publicado: Vie Mar 09, 2012 9:22 amAsunto:
Pues ocurre que, a parte de las bajas laborales, el tiempo que realmente la gente está en el trabajo, lo emplea en pasearse por internet. _________________ _______
(además, no conozco a nadie que , por ejemplo en 2011, tuviera tan mala suerte)
kenhir me preocupas. Creo que deberías salir un poco a la calle y relacionarte con más gente. Anda que ya casi es primavera y está todo lleno de mamás funcionarias y de matrimonio desdichado que seguro que harían buen uso de ti
No padezcas tanto por mí es que sólo me relaciono con gente sana _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
Registrado: Dec 10, 2005 Mensajes: 3331 Ubicación: En los bajos de Argüelles.
Publicado: Vie Mar 09, 2012 11:38 amAsunto:
kenhir escribió:
Tampoco es así, no hay que ser tan demagógico, si te pones malo una semana en enero, otra en marzo, otra en agosto y otra en noviembre quizá te pueden despedir (típicamente te despedirán si el gasto que generas es mayor a los ingresos)
(además, no conozco a nadie que , por ejemplo en 2011, tuviera tan mala suerte)
Ayer mi abuela se cayó al suelo. Tiene la piel y la circulación hechas una mierda absoluta, una heridita normal y corriente, de las que a ti se te cerrarían en dos o tres días, a ella le duran meses. Para curarle las heridas resultantes de la caída, tienen que operarla y hacerle injertos de piel. Si sale de esta, va a estar muuuucho tiempo sin poder moverse, por lo que alguien tendrá que cuidarla y atenderla las 24 horas del día durante meses.
Como, desde leugo, no la va a atender el presi de la CEOE, ¿quién la cuida? Los supuestos excepcionales esos no contemplan la baja para cuidar de familiares. _________________ The sounds of History
Tampoco es así, no hay que ser tan demagógico, si te pones malo una semana en enero, otra en marzo, otra en agosto y otra en noviembre quizá te pueden despedir (típicamente te despedirán si el gasto que generas es mayor a los ingresos)
(además, no conozco a nadie que , por ejemplo en 2011, tuviera tan mala suerte)
Ayer mi abuela se cayó al suelo. Tiene la piel y la circulación hechas una mierda absoluta, una heridita normal y corriente, de las que a ti se te cerrarían en dos o tres días, a ella le duran meses. Para curarle las heridas resultantes de la caída, tienen que operarla y hacerle injertos de piel. Si sale de esta, va a estar muuuucho tiempo sin poder moverse, por lo que alguien tendrá que cuidarla y atenderla las 24 horas del día durante meses.
Como, desde leugo, no la va a atender el presi de la CEOE, ¿quién la cuida? Los supuestos excepcionales esos no contemplan la baja para cuidar de familiares.
¿Y antes si se contemplaba? ¿Tu podías pirarte del trabajo meses para cuidar a un enfermo 24 horas al día? Mira que me sorprende _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
Registrado: Jun 27, 2006 Mensajes: 6842 Ubicación: Barcelona
Publicado: Vie Mar 09, 2012 1:08 pmAsunto:
verence escribió:
kenhir escribió:
¿Y antes si se contemplaba? ¿Tu podías pirarte del trabajo meses para cuidar a un enfermo 24 horas al día? Mira que me sorprende
Tienes derecho a ausencias (no remuneradas) para cuidados de familiares dependientes, si no me equivoco.
Cita:
(...)Los trabajadores tendrán derecho a un
período de excedencia de duración no superior a
tres años para atender al cuidado de cada hijo,
(...)También tendrán derecho a un período de excedencia,
de duración no superior a un año, salvo
que se establezca una duración mayor por negociación
colectiva, los trabajadores para atender al
cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad, que por razones de
edad, accidente o enfermedad no pueda valerse
por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado
constituye un derecho individual de los trabajadores,
hombres o mujeres.
¿Y antes si se contemplaba? ¿Tu podías pirarte del trabajo meses para cuidar a un enfermo 24 horas al día? Mira que me sorprende
Tienes derecho a ausencias (no remuneradas) para cuidados de familiares dependientes, si no me equivoco.
Si te vas de excedencia no es una ausencia intermitente.
De todas formas las excendencias ya eran un poco raras antes, porque te "guardaban" el "sitio" en la empresa, pero si tenían que sustituirte por otro cuando quisieras reincorporarte, si surgía una plaza y tu estabas cualificado para ella te reincorporabas, no se como habrán quedado ahora _________________ Me parece tan claro como el día que el aborto es un crimen
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